EN MI OPINIÓN / REFORMA JUDICIAL: ALGUNAS IMPLICACIONES

Por Arturo Rubio Ruiz

 

La iniciativa de reforma constitucional presentada el pasado 5 de febrero por el Titular del Ejecutivo Federal, relativa a la llamada reforma judicial, propone que jueces, magistrados y ministros sean electos mediante el voto popular, lo cual contraviene los estándares internacionales y diversas disposiciones contenidas en tratados internacionales suscritos por México.

Lejos de propiciar una mejora en la administración de justicia, elegir a los juzgadores mediante el voto popular, atenta contra la autonomía judicial, pues la relación votado – votante genera compromisos que indefectiblemente repercutirán en la objetividad del juzgador cuando deba resolver sobre una cuestión en la que tenga interés quien le favoreció en el proceso de elección popular.

Aunado a lo anterior, se magnifica el riesgo de que resulten electos aspirantes al cargo judicial que carezcan de la experiencia, experticia, conocimientos, capacidad e independencia necesaria para emitir resolutivos justos. ¿Necesitamos una reforma judicial? Sí. Hay mucho qué mejorar, pero el voto popular en el proceso de designación no contribuye al mejoramiento de la administración de justicia.

Contrario a lo planteado en la iniciativa, lo que necesitamos es una reforma integral a todo el sistema de justicia, y específicamente, en el campo de la justicia penal. La reforma debe abarcar todas las etapas del combate al delito: prevención, disuasión, detección, contención, combate, persecución y sanción, no únicamente la última etapa, que corresponde al poder judicial, pues se cuestiona el proceder de los jueces, pero no se toma en cuenta que el juzgador emite su resolutivo, exclusivamente, a partir de las pruebas que le aporte el Ministerio Público, y si la actuación de los investigadores, desde que se tiene conocimiento del delito, hasta la conclusión del proceso es deficiente, el juzgador no puede subsanar ni corregir tales deficiencias. Lo ideal es, entonces, plantear una reforma integral, y no limitarla al proceso de designación de los jueces.

Con independencia de lo anterior, la iniciativa prácticamente habla de sustituir a todos los juzgadores, y en su lugar designar nuevos, lo cual resulta incosteable, dado el estado actual de las finanzas públicas, y aún contando con los recursos para ello, la iniciativa no contiene un programa de implementación, análisis realista de factibilidad, ni de un diseño presupuestal de costos y temporalidad.

La designación de los jueces debe ceñirse a un estricto proceso de selección profesional, que garantice que los aspirantes con el mejor perfil serán los que alcancen el nombramiento, y el método más eficaz es el de concurso por oposición, privilegiando en todo momento la carrera judicial.

El proceso de selección mediante concurso por oposición, debe ser objetivo y transparente, para garantizar que serán electos los más aptos; dicho procedimiento debe someterse al escrutinio ciudadano, para garantizar la publicidad y transparencia del procedimiento.  Sólo así podemos aspirar a un sistema de administración de justicia que garantice la autonomía e independencia judicial, y contaremos con jueces imparciales, ajenos a presiones externas, tal y como México está obligado en términos de los compromisos suscritos en diversos tratados internacionales, en particular la Convención Americana Sobre Derechos Humanos, en su apartado sobre los principios básicos relativos a la independencia judicial, ello acorde a la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que establece que la selección de los juzgadores debe basarse en la capacidad profesional y méritos del aspirante, cuyas cualidades deben ser acordes con las funciones a desempeñar.

Tenemos el ejemplo de Bolivia, donde la elección de juzgadores por voto popular ha sido un fracaso, básicamente, porque se sometió a criterios políticos una designación que debe basarse en méritos, capacidad preparación y experiencia, no en simpatías publicitadas en campaña, ni en la popularidad el aspirante. A partir del desastroso caso de Bolivia, el Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados de la ONU, concluyó que el voto popular puede designar jueces inexpertos y sin independencia decisoria. En su informe, subrayó la importancia de que la designación de jueces debe alejarse lo más posible del poder político, haciendo hincapié en que el proceso de designación de jueces debe diseñarse para identificar a los perfiles con el mayor mérito profesional e independencia de criterio.

La reforma propuesta pone en riesgo la garantía que tenemos los mexicanos para ser escuchados por un tribunal competente e imparcial.

El objetivo planteado en la iniciativa de reforma, de contar con una justicia pronta y expedita, no se alcanza con la elección popular de los jueces. Al contrario, jueces legos e impreparados convertirán el sistema de justicia en una maquinaria más lenta y complicada.

Si queremos mejorar la administración de justicia, debemos optar por tener agentes de policía, investigadores, peritos, fiscales y demás operadores del sistema, más competentes, mejor pagados, mejor equipados. Debemos blindar al poder judicial con una autonomía plena, incorporar los avances tecnológicos disponibles para agilizar los procesos, y propiciar una participación ciudadana en los procedimientos de supervisión y en su caso sanción del quehacer judicial, cuya labor tiene que ser cada vez más transparente, y debe publicitarse al máximo, para reprimir toda expectativa de corrupción.