EN MI OPINIÓN / HOTELERÍA PIRATA: CASO LORETO

Por Arturo Rubio Ruiz

 

Desde la aparición de plataformas que ofrecen una alternativa al hospedaje hotelero tradicional, al servir de enlace entre particulares que ofertan servicios de alojamiento y quienes los contratan, han surgido señalamientos de competencia desleal, pues se afirma que ofrecen un servicio inferior al que brindan los hoteles, que no cuentan con los estándares de supervisión y generan una elevada evasión fiscal, pues no existen mecanismos efectivos de control de ingresos —sobre todo— cuando los inmuebles rentables se encuentran en un país y los pagos se realizan en otro.

Los empresarios hoteleros locales se quejan de la falta de una legislación adecuada que regule eficientemente los servicios que brindan estas plataformas, y lo cierto es que la carencia de un marco regulatorio eficaz propicia esquemas de ilegalidad y prácticas de evasión fiscal.

La llamada hotelería pirata, es un ejercicio de competencia desleal, proscrito en México por los Artículos 5 y 28 constitucionales que exigen la licitud en toda actividad comercial y proscriben la ventaja indebida, respectivamente. Los tratados internacionales suscritos por México, también la prohíben, en particular el llamado Convenio de París. En el marco administrativo regulatorio, también es sancionado este ejercicio por la Ley Federal de Protección al Consumidor.

Pese a estar legalmente prohibida, esta práctica encuentra acomodo en los vacíos, resquicios y elasticidades que presentan las normas secundarias, usualmente sujetas a la potestad discrecional de funcionarios municipales que no siempre interpretan con precisión el espíritu de la ley, quienes suelen brindar ventajas indebidas a quienes saben ganarse su disposición para ello. Es en estos espacios de contubernio en los que encuentran acomodo los empresarios deshonestos.

Algunos legisladores consideran exageradas las quejas del sector hotelero, pues no ven ningún problema en que una viuda alquile una habitación de cuando en cuando, a través de esas plataformas, para obtener un recurso extra y mejorar sus exiguos ingresos.

Lo cierto es que se ha diversificado la expectativa, y aprovechando las lagunas legales y la flexibilidad normativa municipal, sujeta en muchos casos al criterio del funcionario en turno, ha surgido una industria marginal que constituye una auténtica hotelería pirata.

El caso más representativo es el que ocurre en Loreto, donde un avispado empresario extranjero, que no duda en publicitarse a sí mismo como una persona que ha hecho su fortuna al margen de la legalidad, ha encontrado una mina de oro, en contubernio con empleados municipales de Loreto.

El extranjero en cita, a través de una empresa domiciliada en el Estado norte, construye en Loreto casas unifamiliares de 14 o más habitaciones, con licencia de casa habitación, para explotarlas comercialmente como hotel, a través de la famosa plataforma Airbnb.

En el caso concreto, en el fraccionamiento Cimarrones de Loreto, que consta de 35 lotes habitacionales, este empresario de la hotelería pirata, a través de su empresa, adquirió seis lotes y en dos de ellos construye 26 cuartos de hotel. De continuar su proyecto, en breve contará con un servicio de 60 habitaciones, pagando únicamente predial y servicios municipales del tipo unifamiliar.

Y si tomamos en cuenta que se oferta como turismo “religioso” (para no pagar impuestos tampoco en USA) y los servicios se contratan en la Unión Americana, pues no habrá ni pago de impuestos en México, ni derrama económica. En redes sociales anuncia que arranca actividades en septiembre.

Esta hotelería pirata no sólo atenta contra el fisco y la industria hotelera legalmente instalada. Es una amenaza para el entorno donde construye sus mini hoteles disfrazados de casas unifamiliares. En zonas específicas de Loreto, donde la densidad habitacional es de 2.2 habitantes por inmueble, al ocuparse sus mini hoteles, la densidad se dispara considerablemente, con los consecuentes problemas relacionados con el suministro de los servicios públicos municipales, en particular, la disponibilidad de agua, drenaje, recolección de basura, espacios de estacionamiento, contaminación ambiental, visual y auditiva, etcétera.

Al operar como hotelería pirata, este tipo de establecimiento escapa de los controles y la supervisión oficial relativa a los aspectos sanitarios y operativos a que regularmente son sometidas las instalaciones en que opera la industria hotelera legalmente establecida, en detrimento del servicio público, y poniendo en riesgo a huéspedes y vecinos de la zona.

Atenta, además, contra la seguridad laboral de las personas prestadoras de servicios que contrata para sus hoteles piratas, pues no existe certeza jurídica contractual, ni el apoyo y representación sindical a que en su caso tienen derecho.

Existe una enorme inconformidad de los vecinos, pues estos hoteles piratas rompen la armonía y tranquilidad de la zona donde se están construyendo, y quienes se atreven a protestar, son acosados e intimidados mediante denuncias y cargos falsos inventados por los abogados de este empresario extranjero, que se jacta de tener en la bolsa, a las autoridades municipales loretanas.

Es urgente que tanto las autoridades federales como estatales, tomen cartas en el asunto.