¡ASCENSO DE PASAJE DEBE SER SÓLO EN PARADEROS!

  • ‘‘La ley lo marca, las rutas de transporte público deben realizar el ascenso de pasajeros solo en paradas autorizadas’’, advirtió el director de Transporte en Los Cabos, Omar Torres Orozco, quien remarcó que además se trata de un tema de cultura ciudadana.

Redacción

 

Con la finalidad de hacer cumplir los lineamientos y obligaciones previstos en la ley vigente, así como ejercer acciones encaminadas al ordenamiento vial y de la red de transporte público, el titular de la Dirección Municipal de Transporte del Ayuntamiento de Los Cabos, Omar Torres Orozco, señaló que el ascenso de pasajeros para las diferentes rutas que ofrecen el servicio, debe realizarse únicamente en paraderos autorizados.

Indicó que lo anterior está dentro de los términos de la Ley de Transporte para el estado de Baja California Sur, en su artículo 35, referente a las obligaciones para los concesionarios del transporte público.

‘‘Con base en la Ley de Transporte de Baja California Sur los concesionarios deben acatar los compromisos con la ciudadanía, precisamente uno de ellos es ser respetuosos de los paraderos que están establecidos dentro del reglamento, pero, también es un tema de cultura ciudadana, en el sentido de hacer las paradas en las áreas oficiales’’, expuso Torres Orozco.

Asimismo, acentuó que el tema del ascenso en paraderos oficiales envuelve además una cuestión de seguridad para los usuarios del servicio y una obligación de choferes y concesionarios.

Para finalizar, el titular de la Dirección Municipal de Transporte, agregó que dentro de las reuniones que se realizan con representantes del sector transportista en el municipio se instruye a que se cumpla con los lineamientos y obligaciones que la ley establece, entre ellas el ascenso de personas en paraderos autorizados.