Por Alejandro Barañano
La Sala Regional con sede en la ciudad de Guadalajara ordenó el pasado jueves reponer el proceso de sentencia dictaminado por el TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL DE BAJA CALIFORNIA SUR en contra del periodista JUAN CARLOS MÉNDEZ, en el caso del expediente SG JDG 122/2022.
Todo este brete comenzó cuando una REGIDORA DEL AYUNTAMIENTO DE LOS CABOS presentó una denuncia por la supuesta violencia política en razón de género en contra del comunicador, tras haberla llamado “FLORERO” y por tal razón, el TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL falló en contra del comunicador por supuestamente “menoscabar la capacidad profesional de la regidora”.
Sin embargo y tras ser impugnada la sentencia, los magistrados de la Sala Regional votaron por unanimidad declarar NULA LA SENTENCIA y ordenaron la reposición del procedimiento, considerado que el TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL incurrió en vicios y omisiones, desatendiendo los argumentos de hecho y derecho del periodista.
Y esto lo basaron porque consideraron que la publicación de JUAN CARLOS MÉNDEZ fue en un ejercicio genuino del periodismo, amparado en la libertad de expresión con respecto a una figura pública que debería tener un amplio margen de tolerancia a las críticas.
En su sentencia, lo único que hizo el TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL fue actualizar la violación al principio de EXHAUSIVIDAD y a las formalidades esenciales del procedimiento, porque se omitió verificar que el expediente administrativo estuviera debidamente integrado y también no valoraron las pruebas técnicas ofrecidas por el denunciado, ello además no certificaron las ligas electrónicas.
En resumen y en pocas palabras, la sentencia del TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL DE BAJA CALIFORNIA SUR fue deficiente, situación que fue exhibida en la Sala Regional de Guadalajara durante la audiencia. ¡QUIHÚBOLE!
El propio JUAN CARLOS MÉNDEZ argumento en su defensa que la crítica en contra de la regidora emanada del PARTIDO ACCIÓN NACIONAL fue dirigida por su nula productividad en el seno del actual Cabildo de Los Cabos, por lo que la expuso que únicamente estaba de adorno en el cargo público, como si se tratara de un “FLORERO”.
Ante su poca tolerancia, a la regidora en cuestión, le generó tremendo enojo el comentario de “FLORERO” a su persona, presentando por ello una denuncia en contra del periodista a través de su abogado JESÚS ALBERTO MUÑETÓN GALAVIZ, quien por cierto es ni más ni menos que el ex presidente del INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL.
Luego entonces, y después de todo este relajo, los magnánimos magistrados locales no tendrán de otra más que elaborar una nueva sentencia, donde ahora si deberán desahogar las pruebas presentadas por JUAN CARLOS MÉNDEZ. O sea, punto a favor para la LIBERTAD DE EXPRESIÓN y cero en contra de la INTOLERANCIA de la regidora; por lo que mejor quien esto escribe seguirá BALCONEANDO. . .