- El Instituto Estatal Electoral contará con un plazo no mayor a 90 días naturales contados a partir de la entrada en vigor de su decreto, para realizar las adecuaciones pertinentes a su Reglamento de Elecciones
Redacción
El diputado Cristian Fabrizio del Castillo Miranda, representante del PRI en la XVII Legislatura, propuso elevar en Baja California Sur el porcentaje de las candidaturas jóvenes a un 30%.
Actualmente la ley vigente considera una candidatura de fórmula joven para diputación local y una de cabildo; la propuesta busca reformar la fracción XXVII del artículo 18 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para establecer que el 30% de las candidaturas sean para personas jóvenes de entre 18 y 29 años cumplidos al día de la elección en candidaturas a diputaciones y ayuntamientos por el principio de mayoría relativa, de representación proporcional y planillas de ayuntamientos del Estado.
Mediante reforma al artículo 102 de dicha ley añade que “los partidos políticos en lo individual, en candidatura común o en coalición en todas sus modalidades deberán garantizar que al menos el 30% de todas las candidaturas que se presenten a diputaciones tanto por el principio de mayoría relativa como de representación proporcional, sean para personas jóvenes con edad entre 18 y 29 años cumplidos al día de la elección, asegurando una distribución alternada y equitativa en las fórmulas postuladas”.
De igual manera, faculta al Instituto Estatal Electoral para rechazar el registro del número de candidaturas en las que no se integre el 30% de las candidaturas juveniles, fijando al partido político un plazo improrrogable de 48 horas para la sustitución de estas y se establece en los artículos transitorios, que el Instituto Estatal Electoral contará con un plazo no mayor a 90 días naturales contados a partir de la entrada en vigor de su decreto, para realizar las adecuaciones a su Reglamento de Elecciones, lineamientos de registro de candidaturas, así como a los formatos.
En tanto que los partidos políticos con registro ante el Instituto Estatal Electoral deberán adecuar sus documentos básicos, estatutos y reglamentos internos conforme al decreto en un plazo que no exceda 120 días naturales contados a partir de su entrada en vigor

