LES “PONEN CANDADOS” A FUNCIONARIOS DE CEDH

  • Ya no podrán desempeñar otro empleo, cargo o comisión en ningún nivel de la administración pública.
  • La propuesta implica también que los cargos de la Comisión Estatal de Derechos Humanos sean remunerados.

Redacción

 

Quien presida la Comisión Estatal de Derechos Humanos y los integrantes del Consejo de la misma, así como quienes ocupen la secretaria ejecutiva y visitadurías, no podrán ser detenidos, ni deberán ser sujetos a responsabilidad civil, administrativa, penal, o por las opiniones, recomendaciones derivadas de sus actuaciones, por los actos que realicen en el ejercicio de las funciones de acuerdo a sus cargos, facultades y atribuciones les asigna esta ley.

Así versa la iniciativa ciudadana presentada este martes en sesión ordinaria, que pide respetar a las consejeras y consejeros del Consejo Ciudadano, como defensores de derechos humanos y como el enlace entre la sociedad civil en el plano interno, en el sistema de protección y en el ámbito estatal, porque su papel en la sociedad es fundamental para garantizar y salvaguardar la democracia y el Estado de Derecho en Baja California Sur.

En su argumentación, la iniciativa destaca que es indispensable dotar de certeza jurídica a las sesiones y resoluciones del Consejo Ciudadano, evitando la posibilidad de simulación en contra de las y los representantes de la ciudadanía al interior de la Comisión, quienes son voluntarios y voluntarias de reconocido prestigio en la defensa de los derechos humanos y nuestra entidad, protegiendo así el derecho a defender derechos y promoviendo la protección y realización de los derechos humanos  y las diversidades fundamentales en todos los planos.

En ese contexto, quienes sean servidores públicos de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, no podrán desempeñar otro empleo, cargo o comisión en ningún nivel de la administración pública estatal, paraestatal, municipal paramunicipal, o cualquier otra actividad remunerada dentro del sector privado salvo la docencia.

La propuesta implica también que los cargos de la Comisión Estatal de Derechos Humanos sean remunerados, exceptuando los cargos de las consejeras y consejeros del Consejo; el personal que se asigne para ocupar los cargos enunciados deberá asignarse en observancia y conforme al principio de paridad de género.

Así mismo, queda prohibida la contratación de personal bienes o servicios, así como la asignación de cargos a quienes no acrediten capacidad y experiencia técnica para el desempeño del cargo y sus funciones.