SE PERSIGUIRÁN DE OFICIO INCENDIOS FORESTALES

  • Legisla Congreso del Estado que quien tenga conocimiento de un incendio provocado lo haga del conocimiento del Ministerio Público.
  • Fue dictamen de las comisiones de Puntos Constitucionales y de Justicia y de Ecología a una iniciativa de la diputada Eda Palacios para que se persiga de oficio a quien provoque un incendio forestal.

Redacción

 

El pleno del Congreso de Baja California Sur aprobó que “toda persona que conozca o tenga indicios de un delito de provocación de incendio forestal, deberá hacerlo del conocimiento inmediato del Ministerio Público”, autoridad que deberá iniciar con la investigación correspondiente.

Las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y de Justicia y de Ecología dictaminaron así, una iniciativa propuesta por la diputada Eda María Palacios Márquez el pasado 21 de abril, para que se persiga de oficio a quien provoque dolosamente un incendio en áreas naturales protegidas, barrancas, áreas verdes en suelo urbano, dunas, zonas prioritarias, áreas forestales, palmares, entre otras que establece el artículo 369 del Código Penal estatal.

Las comisiones dictaminadoras, que solicitaron la dispensa de la segunda lectura,  propusieron no incorporar el párrafo quinto propuesto por la iniciadora al artículo 369 del Código Penal para el  Estado que establecía que se persiguiera de oficio dicho delito, sino incorporar una redacción que establezca que cualquier ciudadano que conozca de un incendio forestal y que tenga conocimiento de indicios de que dicho incendio fue provocado por comisión u omisión, deberá hacerlo del conocimiento inmediato del Ministerio Público, quien deberá iniciar con la investigación correspondiente.

Cabe recordar que el objetivo de la iniciadora fue que el delito de provocación de incendios forestales  actualmente se persigue por querella, es decir, si nadie lo denuncia, la autoridad no puede investigarlo, por eso la proposición.