REVOCAN CURULES AL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL

  • Al no resultar legalmente válido el registro de las fórmulas de candidatos postuladas por la candidatura común “Unidos Contigo”, el tribunal revocó la declaración de validez de la elección y la constancia de mayoría entregada a Rigoberto Mares y Armando Martínez Vega.

Redacción

 

Este domingo en sesión virtual, el Tribunal Estatal Electoral de Baja California Sur, revocó las diputaciones de mayoría relativa correspondientes al distrito 5 y 15, al considerar que la autoridad responsable aprobó el registro de dichas candidaturas sin que se cumplieran todos los requisitos legales previstos en el Reglamento de Registro, ya que la firma del presidente del Comité Directivo Estatal del PAN, plasmada en los formatos MNG, no es de su puño y letra, es decir, esta es falsa.

Al no resultar legalmente válido el registro de las fórmulas de candidatos postuladas por la candidatura común “Unidos Contigo”, el tribunal revocó la declaración de validez de la elección y la constancia de mayoría entregada a Rigoberto Mares y Armando Martínez Vega.

Al respecto, los dictámenes periciales, señalan que la firma cuestionada, plasmada en los formatos MNG, no tiene el mismo origen gráfico que las firmas de cotejo; así como que la firma cuestionada plasmada en dichos formatos, no corresponde al Presidente del Comité Directivo Estatal del PAN.

Cabe mencionar que el formato MNG resulta un requisito previsto en la Ley Electoral local y el Reglamento de registro. Por lo que, al no corresponder la firma plasmada en el formato MNG, a la persona legalmente facultada, resulta ineficaz para manifestar que la candidatura postulada, fue seleccionada de conformidad con las normas estatutarias.

Finalmente el plena del Tribunal ordeno, declarar la nulidad del registro de las fórmulas para diputados de mayoría relativa por el distrito 5 y 15; revocar la declaración de validez de la elección y la entrega de la constancia de mayoría realizadas por los Consejos Distritales Electorales 5 y 15 del IEEBCS; y Ordenar a los Consejos Distritales Electorales 5 y 15 del IEEBCS que, dentro del plazo de 48 horas, emita nuevamente el dictamen de declaración de validez de la elección, sin considerar las fórmulas de candidatos postuladas por la candidatura común “Unidos Contigo”, debiendo entregar la constancia de mayoría a la siguiente fórmula con más votos obtenidos, previo análisis de los requisitos de elegibilidad.